SENTENCIAS Y FALLO DE LA CORTE
El primer núcleo formativo es el hogar. Es allí donde se
deben establecer las normas básicas del comportamiento en comunidad, por esto,
cuando los padres o tutores llevan a sus hijos al sistema educativo ya sea
privado o público, debe saber que los docentes también estamos en la obligación
de reforzar ese proceso formativo de la
convivencia pacífica y ellos en la obligación de apoyar las normas
establecidas en los manuales de convivencia”, manifestaron los educadores.
Según los profesores, la Corte Constitucional en la
Sentencia T-625 de 2013 advirtió que los colegios no están obligados a mantener
en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las
directrices disciplinar.
Evaluación y Promoción en la Ley General de Educación
(Artículo 96.) Permite la reprobación de estudiantes, sin restricción; por lo
tanto, puede darse en todos los grados.
Permite la exclusión de la institución por bajo rendimiento
y por mala disciplina bajo el cumplimiento de dos condiciones: que dicha
sanción esté contemplada en el Manual de Convivencia y que se lleve el debido
proceso. La promoción y el derecho a la Educación:
No se vulnera el derecho a la Educación por pérdida del año
(098 3-III-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por sanciones al mal
rendimiento (596-7-XII-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por normas de
rendimiento y disciplina (316-12-VII-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por la exigencia al
buen rendimiento (439-12-X-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por expulsión debido
al mal rendimiento o faltas de disciplina (439-2-X-94).
El derecho a la Educación lo viola el estudiante que no
estudia porque viola el derecho de los demás.
No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro
ni fuera de la institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito).
Doctrina Constitucional sobre el derecho a la Educación:
El derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber.
(tiene que cumplir con el Manual de Convivencia)
El derecho–deber exige, en todos, deberes.
El derecho-deber exige a los estudiantes un buen rendimiento
académico.
Todos los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al
orden.
El derecho a los demás limita el derecho propio a la
educación y al libre desarrollo de la personalidad.
El derecho a la Educación permite sancionar a los
estudiantes por bajo rendimiento académico, hasta la exclusión.
El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los
estudiantes que rinden y aprovechan el tiempo.
Esta sala es enfática en señalar que el deber de los
estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el
reglamento y las buenas costumbres
Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de
mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de
entrada y salida de clases, descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes
actividades realizadas en la institución; igualmente el estudiante deberá
conservar el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros.
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